Comercios deben redondear vuelto a favor del cliente.

El redondeo del vuelto debe ser siempre a favor del cliente

En la Secretaría de Defensa al Consumidor (Sedeco) está vigente la resolución mediante la cual todos los comercios tienen la obligación de redondear el vuelto a favor del cliente.

Se trata de la resolución N° 1670/2022 que señala que “en todos los casos, el ajuste de precios (redondeo) por el proveedor será favorable al consumidor, sea para arriba o para abajo, de la moneda con denominación de Guaraníes (G) 50 (cincuenta guaraníes) según los casos».

Esta resolución se aplicará en todos los comprobantes legales emitidos por comercios, entidades bancarias y financieras, casas de crédito, cooperativas, servicios públicos y demás entidades que utilicen: facturas, recibos, extractos bancarios y financieros, de la naturaleza que fueren, y cualquier otro documento en el que se consignen precios al consumidor final, expresa la resolución.

Además, el mismo documento establece que todos los comercios deben ponerle precios visibles a sus productos y servicios en un lugar visible en cifras redondas con las denominaciones de monedas de circulación de curso legal.

“Todos los proveedores, deberán fijar los precios de los productos y servicios ofrecidos a consumidores y usuarios, en cifras redondas con las denominaciones del circulante monetario nacional vigente disponible para el comercio y público en general”, agrega la norma.

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