El Viceministerio de Transporte emitió una resolución elevando levemente las sanciones a los transportistas que incumplan con algunas normas.
Se trata la resolución N° 07/2024 firmada por el viceministerio de Transporte Guido Benza, que establece un leve aumento en las sanciones.
En lo que refiere a infracciones derivadas de las conductas de choferes, las consideradas leves pasan de 3 a 5 jornales mínimos (un jornal mínimo es de G. 103.091), unos G. 515.455.
En cuanto a las derivadas de las conductas de las empresas de transporte público de pasajeros, las leves aumentan de 5 a 10 jornales mínimos, unos G. 1.030.091
Las sanciones por el incumplimiento de las condiciones de confort, como circular con el sistema de aire acondicionado deficiente o con el evaporador funcionando en una escala superior a 20°C para el servicio diferencial, tendrán una multa de 10 jornales mínimos.
Asimismo, una de las sanciones introducidas y consideradas como infracción grave es no respetar las vías o carriles dedicados a la circulación de buses, con una multa de 20 jornales mínimos, con miras al cumplimiento del carril único habilitado en la ruta PY03, exruta Transchaco. La multa sería G. 2.061.820
Las empresas de transportes deberán abonar la multa dentro de los 5 días a partir de la notificación de la infracción y, en caso de no pagar el monto de la sanción aplicada, no podrán acceder al cobro del subsidio.
VARIOS MULTADOS
Los controles realizados en ruta constataron que varias empresas tenía buses climatizados que tenían sus aires acondicionados apagados o no funcionaban correctamente.
Entre las empresas multadas figuran Gral. Aquino S.R.L., La Lomita S.A., San Isidro S.R.L., La Sanlorenzana S.A., San Lorenzo CISA, Transportistas Guaraní S.R.L., Capiatá S.R.L., Ciudad de Villeta S.A., Campo Limpio S.A., Lince S.R.L. Ypané – Villeta, y Ñanduti S.R.L.
